La Ley 21.553, conocida como Ley Uber o Ley EAT, regula por primera vez en Chile el funcionamiento de las aplicaciones de transporte de pasajeros como Uber, DiDi, Cabify e InDrive.
Aunque la ley fue aprobada por el Congreso en 2023 y su reglamento fue validado por la Contraloría en abril de 2025, su implementación ha enfrentado retrasos. A enero de 2026, el Ministerio de Transportes confirmó que la puesta en marcha quedará para el próximo Gobierno debido a dificultades en el desarrollo de la plataforma tecnológica necesaria.
A continuación te explicamos todos los requisitos que establece esta normativa para conductores y vehículos, para que estés preparado cuando entre en vigencia.
¿Qué es la Ley Uber o Ley EAT?
La Ley 21.553 crea un marco regulatorio para las Empresas de Aplicaciones de Transporte (EAT). Su objetivo es:
- Garantizar la seguridad de pasajeros y conductores
- Establecer condiciones mínimas para operar legalmente
- Crear un registro público de conductores y vehículos habilitados
- Asegurar competencia justa con el transporte tradicional
Importante: Esta ley regula los requisitos de operación (licencias, vehículos, seguros). No regula la tributación de los conductores, que se rige por la Ley de Renta y otras normativas del SII.
Requisitos para Conductores de Uber, DiDi y Cabify
Licencia profesional clase A2
El requisito más importante es obtener la licencia de conducir clase A2, la misma que se exige a taxistas y conductores de ambulancias.
Para obtener la licencia A2 necesitas:
- Tener al menos 20 años de edad
- Poseer licencia clase B con mínimo 2 años de antigüedad
- Presentar certificado médico de aptitud física y mental
- No tener antecedentes penales relevantes
- Aprobar un curso en escuela de conducción autorizada
- Realizar el trámite en la Dirección de Tránsito de tu municipalidad
Costo estimado: Entre $200.000 y $300.000 CLP (incluye curso y trámite municipal).
Plazo: Los conductores que ya operan tendrán 12 meses desde la entrada en vigencia de la ley para obtener esta licencia.
Inscripción en el Registro Nacional
La ley crea un Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros, administrado por la Subsecretaría de Transportes. Este registro será público y estará dividido por regiones.
El registro incluirá:
- Identidad del conductor
- Vehículo(s) asociado(s)
- Aplicación(es) en las que trabaja
Los pasajeros podrán consultar este registro para verificar si un conductor está habilitado.
Certificado de antecedentes
Para inscribirse, los conductores no podrán tener antecedentes penales por:
- Delitos sexuales
- Tráfico de drogas
- Delitos de tránsito graves (conducción bajo efectos del alcohol, por ejemplo)
- Otros crímenes que la ley determine
Distintivo y código QR
Cada vehículo deberá portar un sticker con código QR visible en el parabrisas y en la ventana del copiloto.
Al escanear el código, los pasajeros podrán verificar:
- Datos del conductor
- Vigencia de la licencia
- Estado técnico del vehículo
Requisitos para Vehículos
Los vehículos que operen bajo estas plataformas deberán cumplir con estándares específicos:
| Requisito | Detalle |
|---|---|
| Cilindrada mínima | 1.4 litros (o 70 kW para vehículos eléctricos) |
| Antigüedad máxima | 10 años (primeros 6 meses: máximo 7 años) |
| Revisión técnica | Cada 6 meses (no anual como vehículos particulares) |
| Seguros obligatorios | SOAP + seguros para conductor, pasajeros y terceros |
| Vehículos por conductor | Máximo 2 vehículos inscritos por persona |
| Otras características | Dos corridas de asientos, alzavidrios, cierre automático, sin modificaciones |
Multas y Sanciones por Incumplimiento
La ley establece sanciones graduales dependiendo de la gravedad de la infracción:
| Infracción | Sanción |
|---|---|
| Información falsa o incorrecta | 3 a 10 UTM ($205.000 - $683.000 aprox.) |
| Reincidencia (dentro de 1 año) | 6 a 20 UTM ($410.000 - $1.366.000 aprox.) |
| Operar sin inscripción en registro | Suspensión de licencia por 6 meses + multa |
| Faltas leves | 1 a 3 UTM ($68.000 - $205.000 aprox.) |
Nota: Los valores en pesos son aproximados según UTM de enero 2026 (~$68.306).
¿Y la Parte Tributaria?
Es importante aclarar que la Ley 21.553 no regula cómo tributan los conductores. Eso está determinado por otras normativas del SII, principalmente la Ley de Renta y la Resolución 132.
Si quieres saber cómo funcionan las boletas de honorarios, la retención del 13,75% y las opciones tributarias disponibles, te recomendamos leer nuestro artículo:
¿Necesitas Formalizar tu Actividad?
Aunque la Ley Uber aún no entra en vigencia, muchos conductores ya están tomando pasos para formalizarse ante el SII. Esto les permite acceder a beneficios como la devolución de impuestos y estar preparados para cuando la normativa comience a regir.
Para iniciar actividades necesitas un domicilio tributario. Si trabajas desde tu auto y no quieres usar tu domicilio personal, una oficina virtual puede ser la solución.
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Fuentes:
- Ley 21.553 - Biblioteca del Congreso Nacional (bcn.cl)
- Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
- El Mostrador - "Ley Uber se retrasa" (23 enero 2026)